Pregunta:
URGE:Si quieres dejar tu trabajo,estas con contrato hasta fin de servicio o mientras dure la contrata.?
Naojamay
2007-08-02 12:10:04 UTC
un contrato como he indicado ,pero se quiere dejarl no se esta agusto ni con el trato que se da ,ni con el sueldo,ni con bajadas de horas ,si se decide ir de la empresa pierde todos los derechos de indenizacion?¿que puede repercutir a la hora de apuntarse al paro ?si quiere trabajar pero en esta empresa esta fatal ,turnos casi siempre de noche de 12 horas o más a veces,de las cuales no pagan mas que 9 aunque se trabaje mas,la nocturnidad se paga? que se puede hacer?
Nueve respuestas:
2007-08-02 12:42:55 UTC
Veamos. Para dejar el trabajo hay que avisar con 15 días de antelación, SIEMPRE por escrito, y eso se llama BAJA VOLUNTARIA. Dicha baja no te permite acceder a ninguna prestación por desempleo después de ese trabajo. Tendrías que volver a ser contratado y cumplir con el contrato.



Lamentablemente, algunos empresarios se aprovechan de esa situación y, en lugar de despedir a la gente, los coaccionan como tú cuentas, para que se auto-despidan, y de esa manera no tener que indemnizarlos.



Bien. Para empezar, TODAS las horas que trabajes deben pagártelas. Necesitas poder demostrar (por testigos o por documentos) que trabajaste todas las horas que tú dices. En ese caso, basta poner una denuncia ante la autoridad por violación de los derechos laborales.

Citando tu texto, se han violado:

-El derecho del trabajador a elegir si quiere hacer horas extraordinarias, o si no. NADIE puede obligarte a hacerlas si no quieres, y no tienes que dar explicaciones. Basta con decir que no es tu voluntad aceptar esa oferta de horas extraordinarias. Bien, todo ello siempre y cuando el contrato que tú firmaste no diga lo contrario en alguna de sus cláusulas.

-El derecho a remuneración de las horas extraordinarias. Las horas extraordinarias se deben remunerar SIEMPRE, y además, es obligatorio que en el contrato o en el convenio laboral conste cuánto se pagará por cada hora extraordinaria trabajada.

-Es OBLIGATORIO pagar la nocturnidad, ya que supone un sacrificio adicional del horario natural de sueño del trabajador, y por lo tanto, su paga debe ser superior a la paga de una hora normal, y si es extraordinaria, entonces también ha de ser una paga superior a la de una hora extra.



Desde luego, hay que buscar apoyo en trabajadores que estén en tu misma situación, y en caso de que la empresa no tenga sindicato, o ninguno de los trabajadores esté afiliado a uno, de todas maneras hay que estar muy atento y tratar de conseguir todas las pruebas que puedan obrar a favor de uno (un amigo que haga de testigo de las horas que trabajas, y que esté dispuesto a declarar por escrito y firmar lo que ocurre en realidad, es decir, las horas que estás allí y en qué condiciones estás allí).

Puedes ir directamente a la policía y cursar una denuncia porque los abogados del Estado están obligados a inspeccionar las posibles infracciones de la Ley. No obstante, ellos no actuarán contra un empresario si no hay pruebas (documentos y/o testigos) que demuestren esa supuesta violación de la ley, ya que para ellos es inocente salvo que se demuestre lo contrario.

-Si sientes que se estás siendo víctima de un abuso de poder, que no tienes ninguna forma de hacer frente a esa presión, y que incluso tus superiores en la empresa se niegan a negociar (inténtalo de palabra, y si se niegan, por burofax desde una oficina de Correos, ya que tiene valor jurídico), entonces, puedes demostrar que trataste de negociar esas condiciones que no estaban en el contrato y que de todas maneras te dijeron que no, o no te contestaron, y así puedes ir y denunciar directamente la situación en que te encuentras.

La policía se hará cargo, o bien actuarán desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social para enviar a un inspector, o una persona que recuerde que el empresario debe atender las peticiones razonadas de los empleados (como mínimo habrá una sesión con una persona mediadora, imparcial, que actuará de forma que se llegue a un acuerdo empresario-trabajador, haga cumplir la ley a rajatabla, o se llegue a una re-negociación de los términos del contrato que sea aceptada por las dos partes en conflicto).



Recuerda:

-Si crees que vale la pena, no dejar de trabajar mientras no esté todo resuelto.

-Pide ayuda a tus compañeros de trabajo, si crees que es posible llevar un registro en el cual una tercera persona confirme cuándo entras a trabajar, las condiciones en las que lo haces, y cuándo sales. Tienes derecho a llevar tu propio registro de tu actividad, y ello no es motivo para que insinúen que estás trabajando mal, o que tratas de perjudicar o retrasar a la empresa, porque mientras cumplas con tus obligaciones contractuales, no pueden pedirte absolutamente nada más.

-Toda acción que emprendas o comunicación que recibas, que sea por escrito y con educación, siempre es mejor que quede constancia para poder demostrar qué ocurrió en caso de que se llegue a denuncia o juicio.

-Si se niegan a atenderte, que sea también por escrito, nunca de palabra o por teléfono, puesto que no hay una manera fácil de demostrarlo. La carta certificada sólo demuestra que trataste de comunicarte formalmente con la empresa. El burofax pueden recibirlo o no recibirlo, pero tiene validez ante la ley, ya que tú has puesto tu mejor voluntad en mantener un contacto; la opción más cara pero MÁS SEGURA Y RECOMENDABLE es el burofax con CERTIFICACIÓN DE CONTENIDO. En él, no sólo consta que trataste de contactar para hablar de tus condiciones, sino que un funcionario de Correos dará fe de que el texto que enviaste contenía exactamente lo que tú dices que contenía, y no otra cosa, de manera que podrás demostrarlo documentalmente, incluso pasados un máximo de 6 meses tras el envío del burofax.

-Buscar ayuda y/o testigos que puedan prestar declaración a tu favor.

-Recurrir a los abogados en caso de que tengas pruebas suficientes de lo que está ocurriendo. Siempre te podrán ayudar, aunque sólo sea aconsejándote la mejor manera de actuar.





CALMA y SUERTE!!!
hunk_tt
2007-08-02 12:19:20 UTC
Hay una dependencia del gobierno que se llama Secretaría del Trabajo, ahí te pueden asesorar de manera gratuita; además ellos mismos acudirian a verificar todas la irregularidades de la empresa que dices.



Saludos y suerte.
2016-06-29 02:31:38 UTC
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Batukhan
2014-11-23 16:19:52 UTC
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simplemente amor
2007-08-02 12:49:23 UTC
aguanta,, es duro decirlo,, pero cuando acabes el contrato,, te pagaran el finiquito....

luego te vas, y si te dicen ¿¿te interesa que te renovemos,?? les dices que no....



yo tambien estube a punto de hacer lo mismo que tu,,,

me quise autodespedir ,, pero al final aguante, eso por un lado es bueno , a parte del finiqito, luego "cotizas mas a la seguridas social"...

no se si me explico bien, cuanto mas tiempo estes, osea hasta que se acabe el contrato,,, eso te contara en el paro,, y en cuanto tengas un año cotizado, me parece que puedes cobrar el paro... y.. TEE PASAS UN AÑO SABATICOOOOOOOOOOOOO
2007-08-02 12:29:48 UTC
Si estas en España las horas extras son voluntarias y siempre puedes rescindir el trabajo por no ajustarse al contracto o por cambio sustancial de las condiciones de trabajo,aún que esto representa poderlo demostrar .

En el caso de no poderlo demostrar tienes que dar los días exijidos (normalmente 15) pero esto representa que no tendrás derecho al paro al ser tu voluntariamente el que cesas.

Lo que te recomiendo es que si tienes seguro que quieres dejar el trabajo hables con el patrón y llegues a un acuerdo con el , ya sea diciendo que iras a magistratura de trabajo por las horas no pagadas o para que simplemente te ponga en el paro
Isis
2007-08-02 12:22:36 UTC
Deja ese trabajo ya, te estan explotando haciendo horas y encima no te pagan la nocturnidad, vamos que los que te han contratado tienen un morro que se lo pisan. Yo creo que con que avises con 15 días de antelacion de que quieres dejar el trabajo porque no estas a gusto o les dices que te han ofrecido otro puesto mejor tendria que valer.



Mucha suerte.
Tamaral
2007-08-02 12:19:15 UTC
Si estas por final de obra y no te encuentras a gusto y te quieres ir, depende de la empresa y el acuerdo que llegues con ella a la hora de irte porque por ley no está obligada a darte indemnización y por supuesto si ella no te hace la carta de despido tampoco tienes derecho a paro.

Lo que puedes hacer para que ella te indemnice y tener derecho a paro es denunciar a tu empresa ante la magistratura de trabajo por los horarios y la falta de pago de esas horas, con lo cual no solamente te tendrá que pagar atrasos de horas, sino además la indemnización y tendrás paro.

Vete a un sindicato y planteales el problema, que ellos te pondrán un abogado que cuesta poco y sacarás una buena tajada.

Saludos
yesi
2007-08-02 12:12:03 UTC
saluditos


Este contenido se publicó originalmente en Y! Answers, un sitio web de preguntas y respuestas que se cerró en 2021.
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